Usted fue citado a una entrevista médica experta, ya que su licencia médica se encuentra retenida por el área de contraloría, de su seguro de salud. Esta resolución aparece en la página web de su seguro de salud. Por esta razón su seguro de salud solicita una evaluación, a fin de poder reevaluar dicha resolución.
El Decreto Supremo N°3 de 1984 del Ministerio de Salud, en su artículo 21, regula la solicitud de esta evaluación por los seguros de salud.
Se trata de una entrevista médica experta, con un médico especialista externo a su Seguro de Salud, quien lo evaluará por su reposo laboral y emitirá un informe técnico al respecto.
Se basa en un esquema estructurado. Se realizarán varias preguntas relacionadas con sus datos biográficos y clínicos
En ocasiones no existe contacto visual del médico, ello no significa no le esté prestando atención. Esto dado que el Dr. deberá registrar la información en el computador para hacer el informe.
Tener claramente detallados los nombres de los medicamentos que Ud. tiene indicados, con los miligramos y horario de ingesta .
El informe realizado durante esta entrevista se envía de manera interna a su seguro de salud correspondiente. Este informe más otros antecedentes que posea el Médico Contralor de su Seguro de Salud es utilizado para reevaluar la resolución entregada a usted previamente
El Tiempo de respuesta varía según el seguro de salud.
Llegará una carta de parte de su seguro de salud a su domicilio con la resolución de su licencia médica.
Puede consultar el estatus de su licencia médica directamente con su seguro de salud.
Puede apelar, presentando la carta de rechazo de su seguro de salud, ante la COMPIN que corresponda al domicilio registrado en el contrato con su seguro de salud.
En el caso que el diagnóstico realizado por la Contraloría médica sea causa laboral, debe acudir a la Mutualidad correspondiente con la resolución de rechazo y licencia médica que será devuelta al empleador.
En caso de tener una resolución no satisfactoria en el COMPIN, puede apelar a la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO).
Debido a la confidencialidad de la entrevista de Evaluación Médica Experta, y de lo dispuesto en la Ley N° 20.584.- que regula los derechos y deberes de las personas en relación con acciones vinculadas a su atención de salud, es que se encuentra prohibido grabar dicha evaluación. Quien infrinja esta prohibición, comete el delito tipificado en el artículo 161-A del código penal. Se realiza esta advertencia en los términos dispuestos en el ORD C103 N° 1546 del Ministerio de Salud de fecha 25 de mayo de 2012, que regula la “Implementación de Pliego informativo de conductas ilícitas establecidas en el ART 161-A del Código Penal”.
Si no puede asistir a su Evaluación Médica Experta o necesita reagendar su hora, debe contactarse directamente con su Isapre, ya sea a través de su call center o en su sucursal más cercana. Nosotros no cambiamos ni reagendamos horas.